abril 27, 2024
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A contracorriente Opinión

Reivindicando a Pilatos

Ahora que Manolo Martín, por encargo del Consejo de Hermandades, ha puesto los pasos en la calle; ahora que entramos en un tempo appassionato, inexplicable, irracional en el pleno sentido del término, en que el intelecto queda desplazado por los sentidos, quiero, como impone el título de esta sección, a contracorriente, y porque el Pregón me ha dado pie para ello, poner en valor una de esas figuras que, cada año por estas fechas, denostamos sistemáticamente.

Hay dos figuras en la Pasión que, en nuestro imaginario colectivo, son los responsables de la crucifixión y muerte de Jesús. A Judas Iscariote, el traidor al Maestro por treinta monedas (probablemente tetradracmas de Tiro, integrantes del tesoro del Templo de Jerusalén), no hay quien lo exculpe: la animadversión popular a su figura, acrecentada por su cargo de tesorero (ya en el siglo I el puesto se las traía) del grupo de apóstoles, no lo redime ni el árbol del que se colgó, quizás su único acto de dignidad personal.

El otro, sin embargo, merece una seria reflexión. Poncio Pilatos fue nombrado por Tiberio prefecto de Judea y sus funciones, básicamente, eran las de exigir el cumplimiento de la ley. Eso sí, solo el cumplimiento de la ley romana, de las normas del Derecho Romano aplicables a los territorios ocupados por Roma, es decir, exigir el cobro de impuestos y ajusticiar a los que no se doblegaran al poder del Emperador. Así los judíos seguían sometidos a sus propias leyes y costumbres locales y eran sus autoridades, también las de carácter religioso, las que juzgaban y sancionaban sus incumplimientos. Pero como para Roma, el cumplimiento de las sentencias eran actos de autoridad, y en Judea, el poder era romano, las sentencias de muerte se ejecutaban por y bajo las formas romanas.

Prima facie, Poncio Pilatos se negó a juzgar Jesús: primero lo remite a Herodes Antipas, jurisdiccionalmente competente para enjuiciar al Galileo y, al serle devuelto, como el delito de blasfemia por el que le acusaban no entraba entre sus competencias, vuelve a rechazar la condena. Las autoridades judías cambian entonces la acusación por sedición, lo condenan a muerte y exigen a Pilatos el cumplimiento de la sentencia.

La sentencia no aplicaba el Derecho Romano, no había sido dictada por ninguna autoridad de Roma, ni era referida a crímenes de Estado, por eso Pilatos declara no ver culpa alguna en el reo. No obstante, la ley le obligaba a ejecutar las penas impuestas por los tribunales locales al amparo de la ley local. El procedimiento que debía seguir (una especie de exequatur) restringía su competencia al reconocimiento y homologación de lo juzgado (comprobar la naturaleza del tribunal y el carácter de la pena) y eso hizo: respetar escrupulosamente lo que la ley le exigía como magistrado romano y acatar la sentencia, aunque no la compartiera, por respeto al ámbito de competencias propias de quienes la habían dictado.

Pilatos, con el tan manido gesto de lavarse las manos, no está haciendo dejación de su responsabilidad, sino, precisamente, asumiéndola. A su conciencia le repugna la condena por discrepancias religiosas, pero su respeto a la ley le obliga al cumplimiento de lo acordado pues, en definitiva, si Roma ha dado un amplio margen de autonomía a Judea para su gobierno y ha autorizado el ejercicio de la potestad jurisdiccional a sus autoridades, él como prefecto está obligado a garantizar el normal desarrollo de esas competencias ya que, de no hacerlo, viola el derecho romano que, como representante del Imperio, juró cumplir. Sus obligaciones como servidor público están por encima de sus creencias, porque estas obligaciones emanan, directamente, de la ley, y una sociedad organizada puede modificar las normas, pero sus representantes nunca pueden incumplirlas.

Así, hoy más que nunca hemos de rehabilitar a Poncio Pilatos porque, como pidió Gramsci en 1917, hemos de verlo “en su verdadera dimensión de magistrado obediente a la ley, reivindicador de su independencia, de único intérprete autorizado y responsable del código del Estado”

Cuando, cada Miércoles Santo, nos acerquemos al paso de la Coronación de San Gil, quizás sea oportuno dirigir la mirada a ese magistrado que, con túnica blanca, observa el inicio del cumplimiento de una sentencia injusta pero legal, y verlo como el servidor público que fue y no como el hombre débil y falto de carácter que la leyenda (que no los Evangelios) nos ha venido presentando.