La familia de Pablo Moreno estudia denunciar a Sevilla II
Los familiares de Pablo Moreno, el preso ecijano que falleció el 4 de junio en la prisión de Sevilla II, afirman estar estudiando la posibilidad de denunciar al centro penitenciario por la atención médica prestada a su familiar.
En concreto, la familia de Pablo Moreno estudia denunciar a los servicios médicos de la cárcel de Sevilla II “por no ser profesional y dejar morir a un ser humano”. Los familiares del fallecido sostienen que la atención médica a este no fue la adecuada.
Pablo Moreno falleció el 4 de junio, con 49 años. Según relata su hermano Juan Moreno, “se lo encontró muerto otro hermano nuestro, Pedro José, que compartía celda con él, cuando fueron a hacer el recuento; lo llamó pero no le contestó”.
El fallecido sufría cáncer terminal, entre otras enfermedades, por las que sus familiares pidieron en septiembre del año pasado su puesta en libertad “para que pudiera pasar sus últimos días con nosotros”.
Según la autopsia, el motivo de la muerte fue una insuficiencia respiratoria. “El cáncer de laringe que padecía le llenó de líquido los pulmones”, expone su familiar, “se ha muerto ahogado, asfixiado”. La familia piensa pedir explicaciones a Instituciones Penitenciarias y quiere que “se abra una investigación porque esto no es normal”, señala Juan Moreno.
También el Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, ha abierto una queja de oficio dirigida a Instituciones Penitenciarias para conocer “la posibilidad de haber dispuesto otras medidas” en el curso de la evolución de la salud del preso ecijano. En concreto, Maeztu señala que “interesa conocer la posibilidad de haber dispuesto otras medidas en el curso de la evolución de la salud del interno y sobre si la decisión adoptada en su día por la Junta de Tratamiento de septiembre de 2014 fue recurrida ante las instancias judiciales”.
Maeztu argumenta que procede a la apertura de actuaciones sobre las circunstancias “concretas” que han rodeado este suceso. El Defensor invoca la Ley Orgánica General Penitenciaria, y el Reglamento Penitenciario, que consagran los derechos constitucionales de los internos a la salud, la vida y a la integridad física, “debiendo la administración penitenciaria velar por los mismos”.