abril 26, 2024
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Condenan al Ayuntamiento a pagar a un vecino por una caída con la cera

El Ayuntamiento de Écija tendrá que indemnizar a una persona que sufrió un accidente de motocicleta en 2016 por restos de cera en la calzada. El Consejo Consultivo de Andalucía da la razón a este vecino en su reclamación al Ayuntamiento de la ciudad por una caída por restos de cera. El consistorio deberá pagarle 39.804,18 euros, 37.486,50 euros por daños personales, y 2.317,68 euros por daños materiales, en concepto de responsabilidad.

Así lo expone el dictamen del Consejo Consultivo, que entiende que este vecino – que responde a las iniciales A.P.R. – sufrió “un daño imputable a la administración contra la que se reclama al atribuirse a la existencia de cera en la calzada”. El accidente se produjo el 4 de mayo de 2016 y, según el Consejo Consultivo “queda acreditado en el expediente que existía cera en la calzada”, según el atestado policial, y que no existía señalización de tal circunstancia.

Señala el atestado que “el estado en el que se encontraba la calzada, debido a la cera de vela esparcida y por las temperaturas que se registraban en el momento del accidente entre 28-30 grados, se encontraba diluida, factor que pudo afectar al equilibrio del conductor de la motocicleta”

El Consejo Consultivo entiende que fue un factor importante el suelo resbaladizo y hace constar el parte de incidencia en que los agentes municipales comunican “que se debería proceder lo más urgente posible a limpiar las calles colindantes a la Iglesia de San Gil por acumulación de mucha cera en la calzada” ya que “se ha producido un accidente muy grave debido a tal circunstancia”.

Por su parte, la empresa responsable del servicio de limpieza aporta partes de trabajo para demostrar que “el dispositivo especial de Semana Santa concluyó el día 9 de abril del año 2016, quedando limpia la zona objeto de reclamación en profundidad los días 8 y 9 de abril”.

“No cabe ninguna duda que la cera de la calzada era de Semana Santa, y que lo producción del accidente y causa recogido en el atestado de la Policía Local, acreditarían que a pesar de la limpieza en profundidad de la zona en los días 8 y 9, debieron quedar restos que con el calor provocaron los daños que se reclaman”, sostiene el Consejo Consultivo, que afirma que “independientemente de la fecha en que la cera hubiese caído al suelo, ha de concluirse que existe responsabilidad patrimonial de la administración”.

Este órgano entiende que debió existir señalización para advertir de la presencia de la cera a los usuarios “cualquiera que fuese su procedencia o sencillamente prohibir la circulación de vehículos en determinadas vías”. “Y si la cera que había en la calzada era la de Semana Santa – solución más plausible a la vista de las pruebas aportadas -, es evidente que ha existido un deficiente funcionamiento del servicio de limpieza -pues había transcurrido casi un mes desde que concluyó- que debe conducir necesariamente a la existencia de responsabilidad”.