abril 19, 2024
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Sociedad

Condenan a un colegio de Écija a indemnizar a un niño por lesiones

Un juzgado de Sevilla ha condenado a un colegio de Écija a abonar 7.000 euros a los padres de un alumno por las lesiones sufridas por su hijo al clavarse el pico de una ventana en el pecho mientras estaba en clase.

Según el abogado de la familia, Fernando Osuna, los hechos ocurrieron en 2013, cuando el menor tenía nueve años de edad. “El alumno no actuó de forma imprudente, sino que al pasar por aquel lugar la ventana estaba abierta y se produjo el hecho”, relata Osuna, que señala que a consecuencia del golpe “se le abrió una brecha y sangraba”.

El menor tuvo que ser asistido médicamente y le han quedado cicatrices del suceso. “Los padres estaban contrariados porque no alcanzaban  a comprender el porqué se permitía ese tipo de ventanas tan peligrosas” en el centro escolar, según el abogado, que sostiene que “no es de recibo que haya tolerancia o pasividad en el funcionamiento y seguridad en el colegio”.

“En el juicio hubo muchas pruebas de testigos, tales como declaraciones de los que estaban en aquel lugar, peritajes, manifestaciones de profesores y alumnos, e igualmente se solicitaron informes técnicos, así como las normas de seguridad del centro y otros documentos”, explica el letrado.

Según Fernando Osuna, el centro escolar había requerido varias veces por escrito a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía para que cambiase ese tipo de ventanas, peligrosas y obsoletas “porque veían que eran peligrosas para los alumnos, dado que estamos hablando de chicos y chicas de nueve años”. Sin embargo, la Consejería de Educación no hizo caso, critica el abogado, que afirma que “existe obligación de tener en un colegio los elementos arquitectónicos acordes a la características de quienes ocupan las aulas” por lo que se debió  impedir “ese tipo de ventanas con  picos peligrosos”.

Aunque, según el abogado, “el centro escolar tiene culpa por falta de vigilancia, la Consejería de Educación es la encargada de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento del fin que le asigna”, y le corresponderá “la responsabilidad derivada de las lesiones que padezcan los alumnos por tener componentes arquitectónicos no adecuados”.