abril 24, 2024
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Los tribunales avalan el rechazo a la tasa municipal a las ‘telecos’

El Ayuntamiento de Écija va a recurrir una sentencia del contencioso administrativo contra la liquidación de la tasa por el uso privativo del espacio público para la colocación de antenas de telefonía móvil. Se trata del impuesto que se cobra a las compañías telefónicas desde enero de 2008.

El recurso municipal se basa en que existe jurisprudencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en sentido favorable al Ayuntamiento, “y, por tanto, creemos que podemos ganarla”, estima el concejal de Urbanismo y Hacienda, Rafael Serrano (PP).

“Hay sentencias a favor, lo que ocurre es que ha habido un cambio jurídico e incluso el Tribunal Europeo de Estrasburgo dice que no debe cobrarse la tasa”, dice Serrano, para tratar de explicar que lleguen sentencias contrarias al cobro de este impuesto, aprobado de forma unánime durante el último mandato del PSOE para gravar la colocación y uso de antenas de telefonía móvil en el casco urbano.

La tasa se basa en el uso privativo del espacio público para la colocación de antenas de móviles. Desde el 1 de enero de 2008, las empresas de telefonía deben pagar el 1,4% de sus ingresos por la instalación de sus antenas de telefonía móvil y equipos en el casco urbano de Écija.

Desde el primer momento, las ‘telecos’ reclamaron contra esa nueva tasa – que se aplica en más de 350 ayuntamientos – a través de Redtel, que agrupa a las tres operadoras de telefonía móvil afectadas (Movistar, Vodafone y Orange). Las empresas alegaron que ya contribuyen a las arcas municipales con otros tributos y que la ley de Haciendas Locales excluye expresamente los servicios de telefonía móvil del ámbito de aplicación de la tasa en su régimen de cuantificación especial.

Redtel argumenta que, a diferencia de la telefonía fija, el gas, el agua o la electricidad, las ‘telecos’ no extienden tendidos, cableados, redes ni canalizaciones, y no aprovechan el espacio público – excepto el espectro radioeléctrico, gravado por el Estado – sino el privado, como azoteas, parcelas o polígonos, por los que ya paga alquileres a sus propietarios.

Sin sentencia no hay cobro. El Ayuntamiento de Écija alegó en su día que los tributos no son excluyentes entre sí, que la cuota aplicada en la tasa es del 1,4%, por debajo del 1,5% que marca la ley y que las empresas “precisan utilizar redes instaladas en el subsuelo de las vías públicas”. El consistorio calculó calcula que las arcas municipales ingresan más de 431.000 euros cada año con el cobro de esta nueva tasa, un dinero que viene muy bien a su delicada situación financiera.

No obstante, las operadoras de telefonía móvil recurren todos los casos, lo que, en la práctica, supone que los ayuntamientos no puedan cobrar la tasa, ya que la presentación de recursos en los tribunales implica la paralización del pago hasta que haya sentencia firme.