El Ayuntamiento de Écija admite que no tiene inventario de bienes
El Ayuntamiento de Écija ha reconocido de manera oficial y por escrito que no dispone de un inventario de bienes muebles ni de un inventario de bienes histórico-artísticos. Esta confirmación llega tras un requerimiento expreso formulado por el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, respondiendo a las reclamaciones de la Asociación Amigos de Écija, entidad que lleva demandando el acceso a esta información desde hace más de un año.
La andadura administrativa comenzó el 24 de julio de 2025, fecha en la que la asociación solicitó formalmente el acceso al inventario completo de los bienes municipales, con especial interés en los de carácter mueble, histórico y artístico. Ante la prolongada falta de respuesta por parte de la administración municipal, el colectivo se vio obligado a presentar una reclamación el 2 de junio de 2026 ante el órgano de transparencia autonómico, la cual fue admitida a trámite.
La respuesta definitiva del consistorio se ha materializado en el expediente municipal 10810/2026, resuelto mediante el Decreto número 2026-3373 de fecha 12 de agosto de 2026. En dicha resolución, el Ayuntamiento admite explícitamente que, a fecha del decreto, carece de los inventarios obligatorios de bienes muebles y de bienes histórico-artísticos.
Como único documento disponible, el consistorio ha remitido al Inventario de bienes inmuebles, el cual fue publicado en el Portal de Transparencia municipal el pasado 22 de junio de 2026. Curiosamente, dicha publicación se realizó únicamente tras constatarse que, hasta esa fecha, tampoco se encontraba accesible para los ciudadanos.
Asimismo, la resolución revela una alarmante falta de control sobre el legado cultural local al confirmar que las obras de Cesáreo Cambronero López no constan registradas en ningún inventario o catálogo de bienes, ya sea a nivel municipal, del Museo Histórico o de la propia Junta de Andalucía.
Desde la Asociación Amigos de Écija han recordado que la obligación de las entidades locales de formar y mantener actualizado un inventario general de todos sus bienes y derechos está estrictamente regulada por la ley. Entre la normativa de obligado cumplimiento figuran el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 781/1986, los artículos 17, 18 y 22 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1372/1986), el artículo 57 de la Ley 7/1999 de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y el artículo 32 de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
La junta directiva de la asociación considera que esta respuesta oficial confirma plenamente el incumplimiento de la normativa patrimonial vigente por parte de la corporación local. Ante esta situación, el colectivo confía en que el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía dicte próximamente una resolución favorable que requiera formalmente al Ayuntamiento de Écija la elaboración inmediata del inventario completo de su patrimonio.






