abril 26, 2024
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Política

Transparencia recrimina al Ayuntamiento de Écija falta de publicidad activa en urbanismo

El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía ha apremiado al Ayuntamiento de Écija a “subsanar determinados incumplimientos detectados en materia de publicidad activa en su portal electrónico”, instándole a que “las futuras publicaciones de actos administrativos, disposiciones y trámites cumplan las prescripciones previstas en la Ley de Transparencia Pública de Andalucía”.

La actuación del Consejo, con origen en una denuncia ciudadana, se centra, por un lado, en “la falta de publicación en sede electrónica de la tramitación de un proyecto relacionado con la implantación de instalaciones comerciales”.

El Consejo de Transparencia ha explicado en un comunicado que la legislación de transparencia “es muy clara en este punto” y ha asegurado que “obliga a la publicación telemática de todos aquellos documentos que, de acuerdo a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un periodo de información pública durante su procedimiento, extremo incumplido por el Ayuntamiento astigitano”.

Esta exigencia de publicidad activa supone “un paso importante en la transparencia de la actuación pública en la aprobación de diferentes disposiciones y actos administrativos”.

Además, ha defendido que favorece su difusión y conocimiento por parte de la ciudadanía, “impulsándolos a participar en la toma de decisiones”. De la misma forma, ha explicado que “representa un claro avance en el acceso a la información pública con respecto a la normativa anterior, que anulaba, o restringía, la participación de los ciudadanos en la vida pública”.

Por otro lado, el Consejo de Transparencia ha señalado que la denuncia hacía referencia al planeamiento urbanístico del municipio, “cuya documentación tampoco se encontraba en la página web, exigencia especificada tanto por la Ley de Transparencia como por la Ley de Bases de Régimen Local”.

Este último texto normativo señala que las administraciones públicas publicarán por medios telemáticos el contenido actualizado de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística en vigor, de su sometimiento a información pública y otros trámites, culminando la Ley de Transparencia la obligación de publicar el citado documento.

En concreto, la norma de transparencia indica que “para garantizar a la ciudadanía el acceso a la información sobre la actuación municipal, su transparencia y control democrático, así como facilitar la información intergubernamental”, los ayuntamientos deben difundir en su sede electrónica, en el plazo de cinco días desde su adopción, las disposiciones y actos administrativos que versen sobre ordenación territorial y disciplina urbanística, entre otros.