Écija pide la ayuda de la Junta para revisar su plan de vivienda
Un total de 70 ayuntamientos de la provincia de Sevilla han solicitado las ayudas de la Consejería de Fomento y Vivienda dotadas con 1,9 millones y destinadas a subvencionar la elaboración, revisión y adaptación de los Planes Municipales de Vivienda y Suelo al actual Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020. Écija es uno de ellos.
El Ayuntamiento astigitano aprobó hace unas semanas acogerse a estos incentivos que, para municipios de más de 20.000 habitantes, pueden suponer hasta 12.000 euros para revisar o elaborar el Plan Municipal de Vivienda.
Los Planes Municipales de Vivienda y Suelo son un instrumento obligatorio, tal y como queda recogido en la Ley 1/2010 del Derecho a la Vivienda en Andalucía, del que deben dotarse los consistorios y que tienen como finalidad recoger las necesidades de vivienda del municipio, conocidas gracias a los registros municipales de demandantes de VPO.
“Se trata de una herramienta muy valiosa que permitirá tener una radiografía muy real de la demanda existente y también de la oferta que se debe impulsar en la localidad con el fin de responder a esas necesidades detectadas”, ha explicado el delegado territorial de Fomento y Vivienda, Jesús María Sánchez.
De acuerdo con la convocatoria de ayudas, son beneficiarios tanto los ayuntamientos andaluces como las diputaciones provinciales, en el caso de que éstas convenien la elaboración de estos planes. La cuantía de las ayudas oscila entre los 1.000 euros para los municipios de hasta 10.000 habitantes, los 5.000 euros para las localidades con una población que oscila entre los 10.000 y 20.000 habitantes, y los 12.000 euros para municipios superiores a los 20.000 habitantes.
También el abono de las subvenciones variará atendiendo a este criterio, de forma que las ayudas a los municipios de hasta 10.000 habitantes se harán efectivas en un solo pago, mientras que en las restantes localidades se realizarán en dos, el 75% con la resolución de la concesión y el 25% que resta con la justificación del primer abono. En el caso de que el plan que se subvencione ya estuviese elaborado o revisado, se dará cuenta del 100% del incentivo.
Estos planes deberán incluir una programación temporal de las actuaciones y tendrán que determinar también la disponibilidad del suelo necesario para atender la demanda. El planeamiento urbanístico municipal se realizará en coherencia con el contenido de los planes municipales. También tendrán que contener un análisis socio-demográfico general a partir de los datos estadísticos básicos y un análisis de la necesidad de vivienda de la población, teniendo en cuenta, entre otros, los datos de los registros municipales de VPO, con un apartado específico sobre personas y colectivos en riesgo de exclusión social, personas sin hogar, así como sobre la situación en materia de desahucios.
También contendrá una descripción de la estructura urbana residencial e información y diagnóstico del parque residencial existente en el municipio, haciendo alusión a su grado de obsolescencia; así como de las viviendas vacías o en desuso existentes. Reflejará igualmente las situaciones de infravivienda.