abril 25, 2024
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Política

La “incapacidad” del PSOE empeora la recogida de basuras, según el PP

El PP achaca las posibles carencias en la recogida de basuras a “la incapacidad y la incompetencia” del Gobierno local (PSOE) para sacar adelante un nuevo contrato para prestar este servicio, prorrogado tras ser anulado hasta en dos ocasiones por los tribunales administrativos, que apreciaron irregularidades en las condiciones de adjudicación.

A pesar de que el PP votó a favor del primero de los contratos rechazados – en noviembre de 2015 – la viceportavoz popular, Silvia Heredia, asegura que su partido alertó al alcalde, David García Ostos (PSOE), sobre “la falta de legalidad que nos parecía que tenía el pliego”.

“El alcalde no quiso tomar nota y atender estas peticiones del PP y modificar las condiciones del pliego”, afirma Heredia en declaraciones a SER Andalucía Centro. Las nuevas condiciones del servicio aprobadas en mayo del año pasado por PSOE, IU y FuE fueron igualmente tumbadas en los tribunales el pasado mes de octubre, dejando la recogida de basuras de nuevo prorrogada.

“Vamos a perder el servicio que se podría estar prestando”, alerta Heredia, que asegura que la anulación del contrato de recogida de basuras en los tribunales va a retrasar las mejoras previstas. La edil del PP ha exigido a García Ostos que “explique a los vecinos de las barriadas por qué no van a llegar nuevos servicios de limpieza, a los empresarios en los polígonos, que explique su total incompetencia y que no se hayan tomado medidas antes para que esto no llegara a suceder”.

En noviembre de 2015, el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Andalucía (Tarca) anuló por vulnerar el principio de igualdad el contrato preparado por el anterior gobierno PP-PA, que incluía, entre otras cuestiones, seis meses de carencia en los que el Ayuntamiento no pagaría por el servicio.

En octubre del año pasado, el mismo tribunal anulaba el nuevo pliego de condiciones, aprobado en mayo de ese mismo año, al apreciar en el mismo falta de concreción y ponderación de los criterios evaluables mediante juicios de valor y la existencia de cláusulas “confusas, contradictorias e incongruentes”.