abril 19, 2024
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Sociedad

Una sentencia obliga a devolver la tasa a las ‘telecos’

El Ayuntamiento de Écija tendrá que pagar más de 46.500 euros a una compañía de telefonía móvil, al estimar el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) un recurso contra el pago de la tasa por el uso y aprovechamiento del dominio público para la colocación de antenas de telefonía móvil.

La sentencia, del pasado 11 de abril, resuelve el contencioso iniciado en 2008 tras el recurso de apelación de la compañía telefónica. En un primer momento, el Ayuntamiento ganó las demandas planteadas por las compañías telefónicas contra la tasa, aprobada en el pasado mandato. Pero una sentencia del Tribunal Supremo, tras un pronunciamiento del Tribunal Europeo de Estrasburgo, ha dado la vuelta a la situación.

Así, desde julio de 2012, “todas estas entidades que han perdido en primera instancia, recurren en apelación y ganan”, resume la portavoz municipal del PP, Silvia Heredia, “y por lo tanto, el Ayuntamiento tendría que devolver la liquidación de este impuesto”. En este caso concreto, el consistorio debería desembolsar algo más de 46.500 euros.

La tasa aprobada por el Ayuntamiento, en vigor desde el 1 de enero de 2008, obligaba a las empresas de telefonía a pagar el 1,4% de sus ingresos por la instalación de sus antenas de telefonía móvil y equipos en el casco urbano de Écija, un gravamen ante el que reclamaron todas las ‘telecos’ a través de Redtel, que agrupa a las tres operadoras de telefonía móvil afectadas (Movistar, Vodafone y Orange), alegando que ya contribuyen a las arcas municipales con otros tributos y que la ley de Haciendas Locales excluye expresamente los servicios de telefonía móvil del ámbito de aplicación de la tasa en su régimen de cuantificación especial.

El recurso judicial de las operadoras de telefonía móvil supone, en la práctica, que los ayuntamientos no puedan cobrar la tasa, ya que la presentación de recursos en los tribunales implica la paralización del pago hasta que haya sentencia firme.