abril 20, 2024
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Política

Abierto el plazo de alegaciones a las audiencias vecinales

Desde el 6 de febrero está expuesto al público el reglamento de las audiencias vecinales, para presentar alegaciones a la normativa que regula la participación de los vecinos antes de cada pleno municipal. Ese reglamento va a estar expuesto al público durante treinta días a partir del de su publicación.

La idea, aprobada en el pleno de octubre de 2013, es que los vecinos tengan cinco minutos para plantear cuestiones a los concejales una vez al mes, en la media hora anterior a cada sesión plenaria. Estas audiencias vecinales las convocaría el alcalde y en ellas podrá intervenir cualquier vecino o representante legal de las entidades ciudadanas, previa petición por escrito en el registro municipal.

Según el nuevo reglamento, las peticiones de los vecinos deben registrarse diez días antes de que el alcalde convoque el pleno ordinario de la corporación, que se celebra habitualmente el último jueves de cada mes. Los asuntos sobre los que podrán preguntar los vecinos no pueden afectar “a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de a la averiguación de los delitos o a la intimidad de las personas, ni ser de exclusivo interés personal de quien la exponga”.

“El número de intervenciones por cada convocatoria no será superior a seis y se efectuará durante un tiempo máximo de cinco minutos, a repartir entre el ciudadano que formule la pregunta y el capitular al que corresponde contestarla”, según el reglamento, que establece que el orden de intervención de los ciudadanos “vendrá determinado por el número de registro de entrada de las respectivas solicitudes, posponiéndose para la siguiente audiencia, si así lo solicita el interesado, aquellas solicitudes que no puedan ser atendidas (…) o bien remitir la contestación por escrito en un plazo no superior a quince días desde la celebración de la audiencia vecinal.