diciembre 13, 2024
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Sociedad

Écija recibe más de 19.000 euros más para ayudas familiares

La ciudad de Écija va a recibir 19.327 euros más para ayudas económicas familiares gracias al convenio de colaboración entre Junta de Andalucía, los ayuntamientos beneficiarios y la Diputación de Sevilla. El acuerdo está enmarcado en el Decreto de medidas extraordinarias para la lucha contra la exclusión social de la Junta.

Este dinero estará destinado a familias que lo necesitan para atender las necesidades básicas de menores a su cargo y que carecen de recursos económicos suficientes para ello y va a ampliar las ayudas económicas familiares, prestación complementaria de los servicios sociales comunitarios, temporales y de carácter preventivo, que se concederán a las familias para la atención de las necesidades básicas de menores a su cargo, especialmente de crianza y alimentación, higiene, vestido y calzado, cuando carecen de los recursos económicos suficientes para ello.

El convenio conllevará la transferencia de fondos a los ayuntamientos, que lo destinarán a ayudas económicas familiares para la atención de las necesidades básicas de los menores, especialmente su crianza y alimentación.

Las familiares interesadas pueden dirigirse a los servicios sociales comunitarios correspondientes al ámbito territorial de su domicilio. Durante todo el procedimiento, se asegurará la confidencialidad y seguridad de los datos de las personas menores y sus familias.

Los solicitantes de las ayudas deberán cumplir entre otros requisitos el de residencia en el término municipal; insuficiencia de recursos económicos en el hogar donde el menor resida o se reintegre; existencia de necesidades básicas del menor que deban ser cubiertas; cuando además existan disfunciones educativas y psicosociales, que puedan suponer un riesgo para el desarrollo integral de los y las menores, será requisito imprescindible, la existencia y aceptación por parte de la familia de un Proyecto de Intervención Familiar.

Las familias que cumplan con estos requisitos podrán recibir ayudas económicas dinerarias o en especie, de carácter periódico o único, y se destinarán a la cobertura de necesidades básicas: adquisición de alimentos, ropa, calzado, productos de aseo personal e higiene doméstica, provisión de leche de continuidad, así como de medicamentos, que requerirán en todo caso de prescripción médica.

Excepcionalmente, y en casos debidamente motivados por las circunstancias de la unidad familiar, podrán incluirse alquiler, suministros básicos de electricidad, gas y agua, así como adquisición de mobiliario y enseres básicos, que directamente incidan en el bienestar del menor.