septiembre 29, 2026
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El TSJA rebaja la pena a los condenados por una violación en Écija

La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha revisado las penas impuestas por la agresión sexual ocurrida en Écija en abril de 2024. Como resultado de esta revisión, la condena para dos de los procesados se reduce de trece años y medio a siete años de prisión, mientras que la pena fijada para el tercer implicado disminuye de veinte a quince años de cárcel.

La sentencia, confirmada por Europa Press, concluye que cada uno de los involucrados cometió el delito con responsabilidad exclusiva, descartando la existencia de una participación conjunta o compartida entre ellos. La Sala de Apelación cuestiona que el fallo de primera instancia atribuyera responsabilidad a los acusados únicamente por la agresión directa cometida, sin sumar responsabilidad colectiva ni acreditar la colaboración en las acciones de los demás.

Con base en esta argumentación jurídica, el tribunal ha estimado los recursos de apelación interpuestos por las defensas de dos de los acusados y ha aplicado el mismo criterio al tercer implicado, reajustando las condenas impuestas.

Por su parte, la Audiencia Provincial ya había absuelto a los tres procesados respecto a dos delitos de violación como cooperadores necesarios. Aunque la resolución reconoció que los hechos correspondían a una violación grupal, justificó la absolución por la dificultad de probar legalmente la intimidación ambiental, dado que la víctima sufrió una pérdida parcial de la conciencia durante la agresión.