abril 24, 2024
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Ley Celaá: así, no

Ante la aprobación en el Congreso de los Diputados del Proyecto de ley LOMLOE, que será nuestra 8ª ley orgánica general educativa (LOECE, LODE, LOGSE, LOPEG, LOCE, LOE, LOMCE), hagamos las siguientes reflexiones.

1) El Parlamento pierde, de nuevo y como ya pasó con la ley Wert, una oportunidad de hacer una ley consensuada y de largo recorrido. Por lo tanto, se vuelve a cometer el sempiterno error educativo de todos los políticos: la ley nace muerta.

2) Las aportaciones innovadoras de ley quedan deslucidas por la falta de acuerdo en temas clave que evitará, parcialmente, la aplicación de la misma.

3) Una reivindicación de la comunidad educativa y de la sociedad en su conjunto es la existencia de un acuerdo sobre aspectos básicos del sistema educativo español para darle estabilidad, calidad y equidad. En dos ocasiones históricas ese consenso se ha intentado, en el año 2010 (donde el PP lo evitó) y en el 2017 (donde el PSOE lo bloqueó) Consenso frustrado por intereses partidistas y cortoplacistas.

4) Cabe señalar que esta es la primera ley orgánica que pasará a la historia por la falta de comparecencias parlamentarias y por efectuarse a puerta cerrada sin asistencia de los medios de comunicación. Una ley tramitada con “urgencia” cuando la urgencia es preservar la enseñanza presencial en la medida que se pueda, garantizar una formación a distancia adecuada y preservar la salud de la comunidad educativa cuyo comportamiento está siendo generalmente ejemplar y merece todo reconocimiento público.

5) La LOMLOE aporta propuestas interesantes y algunas necesarias para mejorar el sistema educativo español como apostar por la autonomía de los centros, programas para el alumnado mayor de 16 años o el apoyo al mundo rural, aspectos innovadores en el currículo y en la organización de etapas educativas (como la primaria) a modelo de ejemplo.

6) Sin embargo son graves las situaciones conflictivas originadas por el proyecto de ley, casi todas de público conocimiento, como la minusvaloración de la lengua oficial común, el castellano o español, como lengua vehicular en las asignaturas no lingüísticas, o la reducción de los centros de educación especial. A esto hay que unir numerosas carencias, así la falta de compromiso por aportar por una carrera profesional docente o la ausencia de una memoria económica que de soporte a todas las propuestas que se introducen en la ley es otro elemento clave para su viabilidad.

7) Esta ley precisa además un calendario de implantación superior al previsto, dos cursos académicos. Un tiempo imposible para aplicar tantos cambios de forma ordenada y rigurosa como se ha demostrado en la aplicación y desarrollo de las leyes anteriores.

8) En cuanto a la inspección educativa expresamos alto y claro la oposición a la redacción dada a la Disposición Adicional 12.4,b) al mantener la nueva redacción donde se ha sustituido el término prueba por el de valoración.  El nuevo texto pretende adulterar y alterar fraudulentamente y, por lo tanto, sin ajustarse a la ley, la naturaleza del Concurso-Oposición, como sistema de acceso a la función pública, el texto, por innecesario, en su propia naturaleza es un ataque frontal al principio de objetividad de la Administración Pública.

Esta ley, en su actual redacción, es una oportunidad perdida para vertebrar, mejorar y potenciar nuestro sistema educativo pues muchos problemas quedan sin resolver, se diluyen en las CCAA competencias del Estado y un sector numeroso de la comunidad educativa, aun valorando aspectos novedosos de ella, la ve con recelo cuando no con manifiesta discrepancia.

Lo bueno precisa tiempo, rigurosidad, medios y dialogo, y una vez más parece ser que falta en gran medida. ¿Será el Senado capaz de hacer cambios sensibles para mejorar la ley o será simplemente un lugar de trámite irrelevante consistente en corregir las faltas de ortografía y estilo?

 

Javier Fernández Franco
Inspector de Educación
@javierfrancofer