abril 24, 2024
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En el Aula Opinión

Balcanización educativa

“Todos somos iguales, pero unos más iguales que otros.”

George Orwell

 

         Con fecha de 24 de abril, se publicó en el BOE la Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la que se establecen el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19. En esta misma Orden, el Gobierno da la directriz a las CCAA para que flexibilicen el currículo, las programaciones didácticas y realicen una adaptación de la evaluación, promoción y titulación. Pues bien, al hacer un estudio comparado entre comunidades, ¿cuál es la conclusión? Veamos.

          De las 17 Comunidades Autónomas, 12 han regulado criterios de promoción y titulación en la ESO distintos a los tipificados en la norma básica. A esas 12, hay que sumarles las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Eso nos demuestra objetivamente que, de un total aproximado de 1.975.358 alumnos matriculados en ESO en toda España, 397.608 de Andalucía, 84.575 de Castilla y León, 280.313 de la Comunidad de Madrid, 85.161 del País Vasco y 72.286 de Murcia, es decir 919.943 (46,6%), han sido calificados respetando lo fijado por la normativa básica; mientras que el resto, 1.133.350 (53,4%), lo han sido con criterios dispares y no comunes.

De las 17 Comunidades Autónomas, 11 han regulado criterios de promoción y titulación en Bachillerato distintos a los tipificados en la norma básica. A esas 11, hay que sumarles las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. En lo concerniente al Bachillerato, de aproximadamente 610.586 alumnos matriculados en régimen ordinario (excluyendo del cómputo tanto a la modalidad de educación permanente de personas adultas como a distancia) en todo el Estado, 118.288 de Andalucía, 29.233 de Castilla y León, 95.285 de la Comunidad de Madrid, 93.010 de Cataluña, 29.375 del País Vasco y 22.673 de Murcia, es decir 387.864 (63,5%), han sido calificados respetando lo tipificado por la normativa básica; mientras que el resto, 222.722 (36,5%), lo han sido con criterios dispares, no homologados y no comunes.

         En definitiva: la Orden Ministerial propicia la desigualdad administrativa, académica y educativa, así como ahonda la fractura ya de por sí existente en el sistema educativo. Es cierto que la personalísima cultura de la evaluación en una parte de los profesores en España tiene como efecto un tratamiento dispar y no homologado en los alumnos, lo que conlleva numerosas reclamaciones ante la Administración; lo grave es que este curso, además, la asimetría se perpetra con certificado de legalidad.

         Obtener el mismo título o acceder a unos estudios con exigencias distintas dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se resida, es un agravio para miles de estudiantes a la hora de continuar su formación o acceder al mundo laboral, puesto que el disfrute de todos los derechos y el cumplimiento de todos los deberes deben tener los mismos requisitos. En parte, en eso reside la equidad y el tratamiento común al administrado en un estado social y derecho.

El artículo 14 de la CE fija un principio rector que ningún responsable político puede eludir ni ningún ciudadano debe dejar de exigir, ya que en ese artículo se cimenta el concepto de ciudadanía: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.”

          Y… ¿qué ocurre con la mal llamada escuela on line, virtual, telemática o digital? Eso lo vamos a dejar para el próximo artículo, donde analizaremos las paradojas y las contradicciones sufridas por docentes, alumnos y familias.

 

Javier Fernández Franco

Inspector de Educación

@javierfrancofer