Una obra privada derriba un muro del Palacio de Peñaflor, monumento protegido
El Palacio de Peñaflor, uno de los monumentos más emblemáticos de la ciudad astigitana y conocido popularmente como los ‘balcones largos’, ha sufrido daños estructurales tras el derribo de uno de sus muros medianeros a causa de los trabajos ejecutados en una obra privada colindante.
El suceso tuvo lugar el pasado viernes 9 de octubre, justo antes del puente de octubre, y dio lugar a una actuación de urgencia por parte de los servicios municipales, según fuentes del Gobierno local (PP).
Ante la envergadura del desplome, operarios municipales tuvieron que intervenir con rapidez para tapiar los huecos que quedaron al descubierto, evitando así que se pudiera acceder al interior del palacio desde la parcela en construcción colindante y garantizando la seguridad del recinto protegido.
Orden municipal de ejecución a la propiedad
El concejal de Urbanismo y Obras Públicas, Ángel Peña (PP), ha explicado que lo ocurrido “es una actuación de un particular, para la que tiene su licencia de obra, y parece ser que la obra de demolición ha desplomado parte de un muro medianero”. Peña ha subrayado la celeridad con la que actuaron desde el primer instante los servicios municipales de inspección, que “esa misma tarde se personaron y se ha mandado una orden de ejecución” a la empresa responsable del destrozo.
Según ha detallado el concejal de Urbanismo, “están ahora mismo los servicios técnicos para darle instrucciones a la propiedad para reponer lo que es el muro que estaba concretamente ejecutado con anterioridad“. Asimismo, Peña ha afirmado que “de manera inmediata se ha puesto en contacto de manera formal con la propiedad, también con la dirección facultativa de dicha obra, para que actúen en consonancia”.
Posibles sanciones
El Palacio de Peñaflor está catalogado como Bien de Interés Cultural (BIC) con la tipología de Monumento, figura de máxima protección jurídica en el ordenamiento autonómico. De acuerdo con el marco regulador fijado en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, cualquier modificación o intervención en un inmueble protegido o en su entorno exige autorización previa de la Consejería competente, declarándose ilegales todas aquellas actuaciones que se aparten de las condiciones o autorizaciones concedidas.
En materia de régimen sancionador, la legislación andaluza tipifica la destrucción o la producción de daños irreparables sobre bienes inscritos en el Catálogo General como infracciones graves o muy graves. Según recoge el artículo 114 de la norma autonómica, las infracciones graves conllevan multas económicas que oscilan entre los 100.001 y los 250.000 euros, mientras que las infracciones muy graves establecen sanciones pecuniarias de 250.001 a 1.000.000 de euros.
Además de la vía sancionadora, el artículo 113 de la Ley de Patrimonio Histórico estipula con carácter obligatorio el deber de reparación y restitución del bien a su estado original. Por tanto, la propiedad o los técnicos responsables de la obra no solo se enfrentan a posibles expedientes sancionadores y multas administrativas, sino a la obligación legal de sufragar la reconstrucción fidedigna del muro derrumbado bajo la supervisión de la administración autonómica.






