Termina el plazo para pedir la devolución de la tasa por reciclaje
En apenas una semana termina el plazo para que los vecinos de Écija y su comarca puedan pedir la extensión de los efectos de la sentencia judicial que en febrero de 2013 declaró improcedente el cobro del primer semestre de la tasa por reciclaje de la basura de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija.
La sentencia la dictó el juzgado de lo contencioso administrativo número 5 de Sevilla, y daba la razón a un vecino de Écija en la demanda que interpuso en enero de 2010 contra la tasa de tratamiento de basuras; el fallo judicial se notificó a las partes a mediados de febrero de 2013.
Este vecino, Miguel Aguilar, abogado, recurrió la liquidación de ese semestre del servicio de transferencia y tratamiento de residuos sólidos urbanos y asimilables que presta la planta mancomunada abierta a finales de 2008, apoyando su tesis en el escrito de la dirección técnica del Consorcio de Medio Ambiente Estepa-Sierra Sur, que informa que hasta junio de 2009 la Mancomunidad de Écija no empezó a llevar sus residuos a la planta de transferencia.
La ley 29/1999 de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso administrativa establece un período de un año a partir de la notificación del fallo. Para ejercer el derecho a la extensión de efectos de la sentencia, los vecinos que quieran que se les aplique la misma deben dirigirse al juzgado que la dictó, que trasladará la demanda a la administración interesada para que alegue y luego decide si amplía o no los efectos de la sentencia.
En febrero de 2013, el juzgado en cuestión dio la razón a Aguilar al entender que no procedía el pago de la tasa y que la Mancomunidad debía devolverla al afectado “al no haberse producido el devengo hasta junio de 2009”.
FOTO: M.G.