diciembre 6, 2024
El tiempo
Sociedad

El SAS pagará 92.100 euros por tratar un cáncer como flebitis

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado a pagar 92.100 euros de indemnización por tardar tres meses en diagnosticar un cáncer de piel, que fue tratado como flebitis, y tras la demora en el tratamiento correcto la paciente, de 39 años, falleció dos años después.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirma en todos sus extremos la emitida por el juzgado de lo contencioso 1 de Sevilla hace cuatro años, en abril de 2010, y sostiene que la omisión de las pruebas prescritas para estos casos “demoró el tratamiento, con resultados fatales”.

La demanda fue presentada por el viudo y tres hijos de la fallecida, por la doctrina de la llamada “pérdida de oportunidad” ya que una actuación médica tardía “privó al paciente de determinadas expectativas de curación, que deben ser indemnizadas”.

La paciente I.R.P. acudió por primera vez, en octubre de 1999, al hospital San Sebastián de Écija con dolor en la parte posterior de la rodilla y le diagnosticaron una flebitis. La mujer volvió unos días después por persistir el dolor y los médicos insistieron en tratar su dolencia como flebitis, aunque en posteriores consultas ya se le apreció una tumoración, que fue asociado de nuevo a un proceso vascular.

No fue hasta el 17 de marzo de 2000 cuando se le hizo una biopsia que confirmó el diagnóstico de histiocitoma fibroso maligno, que no respondió al tratamiento de quimioterapia, radioterapia ni a una amputación de la pierna en el hospital Virgen del Rocío de Sevilla. La paciente falleció el 25 de noviembre de 2002 como consecuencia de un cáncer de pulmón múltiple, desarrollado como metástasis del padecido en la pierna.

La sentencia del TSJA cita el peritaje de la Real Academia de Medicina en el sentido de que el hospital de Écija debió “explorar otras posibilidades diagnósticas distintas de las establecidas inicialmente” porque en las enfermedades cancerosas, que son procesos evolutivos con diferentes etapas de gravedad y pronóstico de supervivencia, “un buen diagnóstico lo antes posible cobra especial importancia”.

El tribunal entiende que cuando se presenta un diagnóstico complejo, “enfrentado a un abanico de posibles patologías, un resultado fallido del mismo por error no basta por sí solo para fundamentar la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria”.